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FUNCIONES GENERALES.
1. Administrar y ejecutar las obras públicas establecidas en los Planes de Desarrolla Cantonal, en base a contratos, convenios, concesiones, con la participación de la comunidad o por cuenta propia.
2. Realizar la apertura conservación y mantenimiento de las vías y demás lugares públicos.
3. Garantizar la calidad de las obras que por administración directa realiza el Municipio, y supervisar los convenios interinstitucionales, por contratos, convenios o concesiones enmarcadas dentro de las leyes ordenanzas y reglamentos vigentes relacionados para el efecto.
4. Cuando las obras se realicen por administración directa, aprobar la utilización de equipos pertenecientes al Municipio y realizar el control respectivo de los materiales utilizados.
5. Coordinar con el jefe de equipo la distribución semanal de los trabajos a ser ejecutados.
6. Apoyar la veeduría ciudadana para el control de la obra pública que se proyecta y ejecuta.
7. Considerar la variable ambiental en todas las acciones que se implementen.
8. Construcción, protección y mantenimiento de los espacios públicos, servicios municipales y áreas de esparcimiento.
9. Fiscalizar supervisar y coordinar los contratos que por obras se ejecuten en el cantón.
10. Elaborar los Planes operativos anuales de la operación.
11. Asistir a sesiones del Concejo con voz informativa si fuere del caso.
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